En el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N° 33-2015-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el domingo 22 de febrero de 2015,l se han establecido Metas para cumplimiento por parte de los municipios.
En tal sentido, la Meta 27 dispone "Desarrollo de un Plan Municipal del Libro y la lectura 2016 - 2021 y su aprobación mediante una Ordenanza Municipal". y para el efecto se ha expedido el presente Instructivo a fin de orientar a las municipalidades de ciudadades principales Tipo A, clasificadas según el Anexo N° 01 del referido DS.N° 33-2015-EF,
Por lo que, las Municipalidades deben cumplir con cuatro actividades obligatorias y enviar la documentación exigida para cada una de las mismas a través del aplicativo informático publicado por el Ministerio de Cultura:
1ro: Presentar un cronograma de trabajo y designar mediante Resolución de Alcaldía al Equipo de Trabajo
2do. Elaborar y presentar el Informe de Línea de Base del distrito referente a la situación del libro y la lectura, según Ficha de recojo de información y sistematización
3ro. Presentar la versión preliminar del Plan Municipal del Libro y la lectura; y
4to. Presentar versión final - aprobada por Ordenanza Municipal - del Plan Municipal del Libro y la lectura
No hay comentarios:
Publicar un comentario